De esta forma la SENAE inició una campaña informativa para que así las personas que viajan al exterior y retornen al país tengan conocimiento sobre el tema de los efectos personales del viajero, los cuales están exentos del pago de tributos; y, cuales son los bienes tributables. Estos bienes tributables son aquellos excedentes de los efectos personales que tendrán que pagar tributos. Los efectos personales son todos aquellos bienes que una persona necesitaría normalmente para un viaje, como prendas de vestir, artículos de tocador, joyas, bisutería, equipos de trabajo específicos para un área, entre otros. Un ejemplo de un excedente de estos bienes sería que un viajero traiga consigo 5 computadoras, cuando para el uso personal solo es una, ante ello se realiza el pago de un tributo mientras ello no sobrepase la cantidad de 2 mil dólares. En caso de que ello ocurra, lo dable es la realización de un trámite de importación, resaltó el funcionario. Invita a la ciudadanía a visitar la página web de la entidad para que se conozca el tema de los bienes de los viajeros, para así evitar incurrir en un delito ya sea por desconocimiento o malos entendidos, delitos conocidos como defraudación o contrabando.
Fuente: SENAE
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